Invertir en Inmuebles

 

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La totalidad de las operaciones de inmuebles radicados en la Provincia de Tierra del Fuego, se encuentran liberadas del pago de los impuestos que a continuación se detallan:

  • Exención taxativa del Impuesto a los Bienes Personales: Según el Art. 21º Inc. e) de la Ley. De esta manera, la tenencia de Inmuebles radicados en la Provincia de Tierra del Fuego no forma parte de la base imponible del Impuesto, ni tampoco se suman a aquellos bienes que se posean en el resto del País.

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  • Exención taxativa del Impuesto a la ganancia mínima presunta: Según el Art. 3º Inc. a) de la Ley. Al igual que en el Impuesto a los Bienes Personales, para personas jurídicas, la tenencia de Inmuebles radicados en la Provincia de Tierra del Fuego no forma parte de la base imponible del Impuesto, ni tampoco se suman a aquellos bienes que se posean en el resto del País.
  • Liberación del pago del Impuesto a las Ganancias: la renta que se obtenga por la compraventa de los Inmuebles radicados en la Provincia de Tierra del Fuego, se halla liberada del pago del Impuesto a las Ganancias tanto para personas físicas y jurídicas.
  • Impuesto a la transferencia de Inmuebles (I.T.I.): transferencia liberada del (I.T.I.) al momento en que se efectúa la venta de las propiedades.

Ante cualquier inquietud, no dude en comunicarse con nosotros.